Funciones

Son funciones de la Junta de Becas:

  1. Administrar los recursos del Régimen de Beneficios con base en las políticas y directrices aprobadas por el Consejo Universitario, las prioridades institucionales y la normativa interna.

  2. Velar por el buen funcionamiento del Régimen de Beneficios.

  3. Elaborar el Plan Anual de Beneficios para los funcionarios de la institución, con base en los planes aprobados por las Facultades, Centros, Sedes y Secciones Regionales y la Vicerrectoría correspondiente, en concordancia con la disponibilidad de recursos presupuestarios y remitirlo al Consejo Universitario para su aprobación definitiva.

  4. Resolver sobre el otorgamiento de los beneficios del régimen, así como sobre sus modificaciones, de acuerdo con lo que establece este reglamento.

  5. Conocer de los recursos de revocatoria contra sus actos y resoluciones y elevar las apelaciones al Tribunal de Apelaciones.

  6. Conocer y resolver los casos de incumplimiento de contrato, previo informe del Consejo Académico de Facultad respectivo o del Director de la Unidad Paracadémica o Administrativa.

  7. Velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales adquiridas por el exbecado con la institución.

  8. Promover la búsqueda de recursos financieros, becas y otros incentivos contemplados en este reglamento, en universidades y organismos nacionales e internacionales.