Funciones
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- Categoría: Información general
- Última actualización: 01 Octubre 2013
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Son funciones de la Junta de Becas:
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Administrar los recursos del Régimen de Beneficios con base en las políticas y directrices aprobadas por el Consejo Universitario, las prioridades institucionales y la normativa interna.
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Velar por el buen funcionamiento del Régimen de Beneficios.
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Elaborar el Plan Anual de Beneficios para los funcionarios de la institución, con base en los planes aprobados por las Facultades, Centros, Sedes y Secciones Regionales y la Vicerrectoría correspondiente, en concordancia con la disponibilidad de recursos presupuestarios y remitirlo al Consejo Universitario para su aprobación definitiva.
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Resolver sobre el otorgamiento de los beneficios del régimen, así como sobre sus modificaciones, de acuerdo con lo que establece este reglamento.
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Conocer de los recursos de revocatoria contra sus actos y resoluciones y elevar las apelaciones al Tribunal de Apelaciones.
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Conocer y resolver los casos de incumplimiento de contrato, previo informe del Consejo Académico de Facultad respectivo o del Director de la Unidad Paracadémica o Administrativa.
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Velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales adquiridas por el exbecado con la institución.
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Promover la búsqueda de recursos financieros, becas y otros incentivos contemplados en este reglamento, en universidades y organismos nacionales e internacionales.